Para el curso académico 2022/23, el Ayuntamiento establece bonificaciones en los contribuyentes para el pago de cuotas en los talleres en el Centro de Formación de Personas Adultas, la concesión de las cuales se regirá por los criterios que se indican a continuación:
1.-Los alumnos que pertenezcan a una unidad familiar que sea perceptora de ayudas de Servicios Sociales del Ayuntamiento, o estén en condición de serlo para encontrarse en situación de riesgo de exclusión social, podrán obtener una ayuda del 50% sobre los precios fijados o incluso quedar exentos del pago si así lo acreditan sus circunstancias (previo informe del departamento de Bienestar Social).
2.-El alumnado que pertenezca a una unidad de convivencia la renta de la cual per cápita no supero 6.949,24 € brutos anuales (IPREM 2022) podrá obtener una ayuda del 50% de la cuota correspondiente a las actividades en que participo, acreditándolo con la documentación que corresponda.
DOCUMENTACIÓN A APORTAR de todos los miembros de la unidad familiar mayores de 16 años:
Declaración de la renta de la unidad familiar del último ejercicio, año 2021, o certificado negativo emitido por la Agencia Tributaria.
Última nómina o Certificado del SERVEF en el cual se indique si cobra o no alguna prestación (no es válida la tarjeta de demanda de ocupación) o Certificado de pensiones emitido por la Seguridad Social.
Vida laboral de todos los miembros de la unidad de convivencia que hayan cumplido los 16 años.
3-El alumnado con diversidad funcional certificada igual o superior al 33%, tendrá una bonificación del 25% sobre los precios fijados para las actividades en que participo.
DOCUMENTACIÓN A APORTAR:
CERTIFICADO DE MINUSVALIDEZ EXPEDIDO POR LA CONSELLERÍA DE BIENESTAR SOCIAL.
Las bonificaciones anteriores no serán acumulables entre ellas.
La bonificación tendrá que solicitarse en el momento de la matrícula aportante la documentación que proceda según criterio, así como la hoja de matrícula en el taller correspondiente y el justificante del pago de la matrícula y en cualquier caso, LA FECHA TOPE SERÁ EL 30 NOVIEMBRE.
Es requisito indispensable que el/la usuario/al hecho que solicito la ayuda, o sus padres o tutores, estén empadronados en el municipio de Paiporta.
La bonificación se solicitará por registro de entrada del Ayuntamiento, de manera telemática a través del link del final de esta página o presencialmente en la oficina ÚNICA.
En caso de cuota bonificada y no asistencia por parte del alumnado, se decaerá en su derecho a la solicitud de la misma el curso siguiente.
Órgano que resuelveREGIDOR DELEGADO
30 día/s