Solicitud por parte de uno de los titulares catastrales del inmueble, para que se emita individualmente el recibo del IBI a cada uno de los copropietarios a razón de su porcentaje de propiedad, que deberá ser acreditado por el interesado.Deberá solicitarse con anterioridad a la aprobación del padrón fiscal del IBI y en su caso se hará efectivo para el ejercicio siguiente.No es de carácter retroactivo.
Resolución
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