Trámite para atender y resolver las solicitudes de uso de las instalaciones y dependencias de los Centros Públicos de Educación Infantily Primaria fuera del horario escolarpara la realización de actividades educativas, artísticas, deportivas o asociativas.
Que el/la solicitante se dirigirá al Presidente del Consejo Escolar Municipal para las peticiones de utilización de las instalaciones y dependencias de los centros citados. Acompañando a la solicitud:
Órgano que resuelve. Concejal delegado.
90 días
Orden de 27 de noviembre de 1984, por la que se regula la utilización de las instalaciones y dependencias de los Centros Públicos de Preescolar, Educación General Básica, Educación Especial y Educaciones Permanente de Adultos.
La persona o entidad solicitante se hará cargo del personal para la tutela del centro durante el desarrollo de las actividades y de los desperfectos que se puedan derivar de la utilización del centro.
Las personas físicas o jurídicas autorizadas para el uso de edificios educativos deberán contratar en todos los casos una póliza de seguros que de cobertura sobre su responsabilidad civil y la del personal a a su servicio que derive del uso y de la actividad, por los daños y los perjuicios que por su actividad se puedan ocasionar mientras se realizan.