Trámite para atender y resolver las solicitudes que efectúen los Centros Públicos de Educación Infantil y Primaria del municipio, referidas al mantenimiento y adecuación de las instalaciones
Que el/la solicitante esté facultado/a por la Dirección del Centro Educativo para actuar en su representación. En el caso de no ser el/la Directora/a del centro solicitante, quien actúe en su representación deberá estar facultado por dicha Dirección de Centro.
Órgano que resuelve. Concejal delegado.
90 días.
Ley 27/2013 de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local.
Fotografía y explicación detallada de la reparación o mantenimiento a realizar.