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PAD006 - Corrección errores 111 padrón habitantes.
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PAD006 - Corrección errores 111 padrón habitantes.
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PAD006 - Corrección errores 111 padrón habitantes.
Conforme establece el artículo 16.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, "
El Padrón municipal es el registro administrativo donde constan los vecinos de un municipio y sus datos constituyen prueba de la residencia en el municipio y del domicilio habitual en el mismo. Las certificaciones que de dichos datos se expidan tendrán carácter de documento público y fehaciente para todos los efectos administrativos. La inscripción en el Padrón Municipal sólo surtirá efecto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 15 por el tiempo que subsista el hecho que la motivó y, en todo caso, deberá ser objeto de renovación periódica cada dos años cuando se trate de la inscripción de extranjeros sin autorización de residencia de larga duración, no pertenecientes a un Estado miembro de la Unión Europea, a Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo o a otros Estados a los que, en virtud de un convenio internacional se extienda el régimen jurídico previsto para los ciudadanos de los Estados mencionados anteriormente
".
Una vez recibida la comunicación del Instituto Nacional de Estadística, a través de los ficheros de intercambio de devolución mensuales, relativa a los extranjeros no comunitarios sin autorización de residencia de larga duración (ENCSARP) para los que en tres meses se cumple la fecha de caducidad de su inscripción, se efectuará un preaviso al afectado para que renueve su inscripción en el Padrón Municipal de Habitantes antes de que se cumpla la fecha de caducidad de la inscripción, para que no sea causa de baja de oficio, tal y como se establece en el artículo 16.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y en la Resolución de 29 de abril de 2020, de la Subsecretaría, por la que se publica la Resolución de 17 de febrero de 2020, de la Presidencia del Instituto Nacional de Estadística y de la Dirección General de Cooperación Autonómica y Local, por la que se dictan instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre la gestión del Padrón municipal.
El transcurso del plazo señalado anteriormente será causa para acordar la caducidad de las inscripciones que deban ser objeto de renovación periódica, siempre que el interesado no hubiese procedido a tal renovación.
Requisitos de la instancia
La instancia deberá ser firmada
Permite interesados que sean personas físicas
Permite interesados que sean personas físicas representadas por otra persona física
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