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ED009 - Solicitud para la comunicación al Consejo Escolar Municipal de las situaciones de absentismo grave o crónico en los Centros Educativos

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ED009 - Solicitud para la comunicación al Consejo Escolar Municipal de las situaciones de absentismo grave o crónico en los Centros Educativos

Trámite para la comunicación al Consejo Escolar Municipal de las situaciones de absentismo grave o crónico en los Centros Educativos de Paiporta.

 

REQUISITOS

Que el/la solicitante esté facultado/a por la Dirección del Centro Educativo para actuar en su representación. En el caso de no ser el/la Directora/a del centro solicitante, quien actúe en su representación deberá estar facultado por dicha Dirección de Centro.

 

RESOLUCIÓN 

Órgano que resuelve. Consejo Escolar Municipal de Paiporta.

 

NORMATIVA

RESOLUCIÓN de 29 de septiembre de 2021, de la directora general de Inclusión Educativa, por la cual se establece el protocolo de actuación ante situaciones de absentismo escolar en los centros educativos sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Valenciana que imparten enseñanzas obligatorias y Formación Profesional Básica.

 

OBLIGATORIO

-DOCUMENTO 4 FICHA DE COMUNICACIÓN DE ABSENTISMO ESCOLAR.

-DOCUMENTO 5 carta informativa a la familia / representantes legales. comunicación de la situación de absentismo a la comisión de absentismo del consejo escolar municipal.

-OTRA DOCUMENTACIÓN.

 

PROCEDIMIENTO

La dirección del centro trasladará los casos catalogados como «graves o crónicos» al Consejo Escolar Municipal de Paiporta, para que el Presidente del CEM sea conocedor y se inicien las acciones correspondientes en el marco de su competencia.

Esta comunicación tendrá que hacerse mediante la administración electrónica, asegurando la protección de datos personales y la confidencialidad de los casos.

Requisitos de la instancia

  • La instancia deberá ser firmada
  • El trámite requiere que el/la solicitante se identifique y firme con certificado digital
  • Se requiere que la representación de todos los interesados sea comprobable electrónicamente, es decir, si un interesado actúa con representante, debe estar autenticado con el certificado digital de representante correspondiente, o bien, tener un apoderamiento para cualquier trámite de ese interesado registrado en el sistema Apodera de la AGE. También se permite que el propio interesado, autenticado mediante certificado digital o Cl@ve, nombre como representante a cualquier persona.
  • Permite interesados que sean personas jurídicas
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