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PA005-SUBVENCIONES PARA ASOCIACIONES O ENTIDADES PARA FINANCIAR SU FUNCIONAMIENTO.

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PA005-SUBVENCIONES PARA ASOCIACIONES O ENTIDADES PARA FINANCIAR SU FUNCIONAMIENTO.

Desde el día 03/11/2021 hasta el día 16/11/2021

Los gastos subvencionables tendrán que estar relacionados con el funcionamiento ordinario de la entidad y los gastos ocasionados por la ejecución de programas o actividades durante el ejercicio 2021. 

1- Gastos relacionados con el funcionamiento ordinario de la entidad. Se entienden como tales los gastos de funcionamiento que afectan al mantenimiento de sus sedes sociales:

A: Gastos de suministro de agua

B: Gastos de suministro eléctrico

C: Gastos de telefonía e internet

D: Gastos de alquiler de la sede social

E: Gastos por reparaciones de mantenimiento o conservación de la sede.

F: Gastos de material de oficina

G: Gastos de seguros

H: Gastos en tributos municipales

I: Gastos en personal

 

2- Gastos directos ocasionados por la ejecución de proyectos y actividades emprendidos en el ámbito territorial de Paiporta por las asociaciones locales entre el 1 de enero y el 31 de Diciembre de 2021.

Serán subvencionables:

A: Gastos de personal referidos a servicios de profesionales de dirección o talleristas, educadores, monitores, etc… asociados al desarrollo de la actividad ejecutada.

B: Gastos de alquiler de mobiliario o material de luz y sonido para el desarrollo de las actividades ejecutadas.

C: Gastos de diseño e impresión para la difusión y publicidad de la actividad ejecutada.

D: Gastos de transporte de material o mobiliario para el desarrollo de la actividad ejecutada.

E: Gastos de trofeos, placas y material fungible para el desarrollo de la actividad ejecutada.

F: Gastos en concepto de derecho de autor por el desarrollo de la actividad ejecutada.

 

requisitos

  • Ser asociaciones o entidades domiciliadas en Paiporta.
  • Estar legalmente constituidas e inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones Locales del Ayuntamiento de Paiporta y en la Generalitat Valenciana.
  • No incurrir en alguna circunstancia establecida en el artículo 13.2 y 13.3 de la Ley General de Subvenciones (Ley 38/2003 de 17 de Noviembre).
    • No podrán obtener la condición de beneficiario de la subvención las entidades que no se encuentren al corriente de sus obligaciones fiscales con el Ayuntamiento de Paiporta, aquellas en quienes concurra alguna de las circunstancias contempladas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la LGS o las que incurran en alguna de las causas de incompatibilidad especificadas en la base undécima de la convocatoria.

 

presentación

De forma telemática en la sede electrónica del Ayuntamiento de Paiporta, cuyo enlace estará disponible una vez abierta la convocatoria. https://paiporta.sedipualba.es/carpetaciudadana/tramite.aspx?idtramite=13895


Tanto la solicitud de subvención como el resto de documentación que se haya de presentar deberán estar firmados electrónicamente con el certificado digital propio de la entidad solicitante o en su caso por el de la persona física que lo represente.

 

Plazo

  • 10 días hábiles contados a partir del siguiente de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia.
    • Si el último día del plazo fuera inhábil o festivo, se trasladará al primer día hábil posterior.

 

CRITERIOS DE CONCESIÓN DE LAS SUBVENCIONES

  1. La trayectoria, características y experiencia de la entidad solicitante. Dentro de este apartado se valorarán hasta un máximo de 10 puntos, de la siguiente manera:
    1. Por la fecha de constitución (Hasta 5 puntos):
      1. Colectivos de más de 20 años de existencia 5 puntos
      2. Colectivos de 16 a 19 años de existencia 4 puntos
      3. Colectivos de 11 a 15 años de existencia 3 puntos
      4. Colectivos de 6 a 10 años de existencia 2,5 puntos
      5. Colectivos de 3 a 5 años de existencia 1,5 puntos
      6. Colectivos de 2 a 1 año de existencia 1 puntos
      7. Colectivos de menos de un año de existencia 0 puntos
    2. Por el número de personas asociadas (Hasta 5 puntos)
      1. Colectivos de más de 501 asociados 5 puntos
      2. Colectivos de 301 a 500 asociados 4 puntos
      3. Colectivos de 201 a 300 asociados 3 puntos
      4. Colectivos de 51 a 200 asociados 2 puntos
      5. Colectivos de hasta 50 asociados 1 puntos

 

  • Por el volumen de gastos relacionados con el funcionamiento ordinario de las sedes. Hasta un máximo de 20 puntos a partir del siguiente baremo.
Acreditación de gastos de funcionamiento de la sede social superiores a 20.000 €20 puntos
Acreditación de gastos de funcionamiento de la sede social superiores a 15.000 €15 puntos
Acreditación de gastos de funcionamiento de la sede social superiores a 10.000 €10 puntos
Acreditación de gastos de funcionamiento de la sede social superiores a 5.000 € 5 puntos
Acreditación de gastos de funcionamiento de la sede social superiores a 1.000 €2,5 puntos

 

  • Por el volumen de gastos relacionados con las actividades realizadas. Hasta un máximo de 20 puntos a partir del siguiente baremo.
Acreditación de gastos de actividades o programas realizados superiores a 10.000 €20 puntos
Acreditación de gastos de actividades o programas realizados superiores a 5.000 €15 puntos
Acreditación de gastos de actividades o programas realizados superiores a 2.500 €10 puntos
Acreditación de gastos de actividades o programas realizados superiores a 1.000 € 5 puntos

 

  • Promoción y uso del valenciano en el material editado o impreso por cada colectivo o como lengua vehicular de la actividad ejecutada (Hasta un máximo de 10 puntos)
Uso del valenciano como lengua vehicular de la actividad5 puntos
Uso del valenciano en el material de difusión de la actividad5 puntos

 

  • Promoción y fomento de la integración e igualdad en la actividad o programa ejecutado (Hasta un máximo de 10 puntos):
Promoción de los valores de integración de las personas con discapacidad físicas o psíquicas en la actividad o programa5 puntos
Promoción de los valores de la igualdad de género de la actividad o programa5 puntos

 

  • Carácter interasociativo o escolar del programa o actividad ejecutados.(Hasta un máximo de 10 puntos)
Carácter escolar de la actividad o programa6 puntos
Carácter interasociativo de la actividad o programa4 puntos

 

  • Sobre el segmento de la población al cual van dirigidos los programas y actividades ejecutados (Hasta un máximo de 10 puntos)
Actividades dirigidas al público en general6 puntos
Actividades dirigidas a las personas asociadas4 puntos

 

FUNDAMENTOS JURÍDICOS

- La Corporación municipal de Paiporta como entidad local, tiene competencias en materia de promoción cultural en su ámbito territorial, en conformidad con el que dispone el artículo 140 de la Constitución Española, artículo 25.2-m) de la Ley 7/85 de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local y el resto de normativa concordante.

- Artículo 22.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, relativo a la concesión en régimen de concurrencia competitiva

- Ordenanza general de subvenciones del Ayuntamiento de Paiporta, publicada en el BOP de 24 de diciembre de 2005.

 

datos de contacto

 

 

Documentación

Requisitos de la instancia

  • La instancia deberá ser firmada
  • El trámite requiere que el/la solicitante se identifique y firme con certificado digital
  • Permite interesados que sean personas físicas
  • Permite interesados que sean personas jurídicas
El plazo de solicitud está actualmente cerrado
AYUNTAMIENTO DE PAIPORTA - P4618800I
Calle Mestre Music Vicent Prats I Tarazona, S/N
46200 Paiporta (Valencia)
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