Las ayudas de emergencia son ayudas económicas de carácter extraordinario destinadas a paliar aquellas situaciones en que puedan hallarse las personas, afectadas por un estado de necesidad. Van dirigidas a la unidad de convivencia y tiene carácter finalista y serán incompatibles con cualquier otra prestación pública para la misma finalidad.
Se considerarán situaciones de emergencia aquellas que originan gastos extraordinarios para cubrir necesidades específicas de carácter básico y urgente, tales como:
a) Gastos destinados a cubrir necesidades básicas familiares.
b) Gastos imprescindibles para el uso de la vivienda habitual.
c) Gastos excepcionales en los que concurran circunstancias de grave o urgente necesidad.
Requisitos
Documentación a aportar