El objeto del procedimiento es la devolución de las cuotas del Impuesto sobre Bienes Inmuebles correspondientes al ejercicio 2024 referidas a los bienes inmuebles urbanos, rústicos que hayan resultado dañados como consecuencia directa de la Depresión Aislada en Niveles Altos (DANA).
INFORMACIÓN Y PARTICULARIDADES
De acuerdo al artículo 12.1 RD 6/2024 de 5 Noviembre
“Se concede la exención de las cuotas del Impuesto sobre Bienes Inmuebles correspondientes al ejercicio 2024 referidas a los bienes inmuebles urbanos, rústicos y de características especiales situados en los municipios citados en el anexo de este real decreto-ley, y que hayan resultado dañados como consecuencia directa de la Depresión Aislada en Niveles Altos (DANA) a que se refiere el artículo 1 de este real decreto-ley, cuando se acredite que tanto las personas como los bienes en ellos ubicados hayan tenido que ser objeto de realojamiento total o parcial en otras viviendas o locales diferentes hasta la reparación de los daños sufridos, o pérdidas en las producciones agrícolas y ganaderas”.
RESOLUCION
Órgano que resuelve
CONCEJAL DELEGADO
Plazo resolución
180 días
SILENCIO
Negativo
Finalizado el plazo de resolución, sin haberse producido respuesta de la administración la solicitud quedará resuelta de forma negativa para el solicitante